Condiciones Generales de Venta

1 ALCANCE
1.1 Los términos y condiciones generales de venta estipulados en el presente documento (en lo sucesivo denominados “Condiciones generales de venta ” ) serán de aplicación a todos los contratos relativos a la venta de los productos que fabrica y de los servicios que presta la sociedad Montajes Electrónicos Escuder, S.L. (en lo sucesivo denominados, respectivamente, “los Productos” y “Escuder” ) que hayan sido celebrados conforme a alguno de los procedimientos estipulados en las Cláusulas 3.2. y 3.3.
El término Comprador se utilizará para designar a toda persona física o jurídica que envíe una Orden de compra (según se define en la Cláusula 3.2.) a Escuder o que sea el destinatario de una Oferta de Escuder (según se define en la Cláusula 3.3.).

2 CONTRATO ÍNTEGRO
2.1 Las presentes Condiciones generales de venta, junto con la Orden de compra, la Oferta de Escuder y la Confirmación (según se definen en la Cláusula 3.2.), y sus anexos, constituyen el contrato íntegro relativo a la venta de los Productos entre Escuder y el Comprador, y se entiende que sustituyen a cualquier otro contrato o acuerdo que las partes pudieran haber celebrado con anterioridad con respecto a los asuntos aquí tratados. Todo término, condición o disposición incluida en cualquier orden de compra o en cualquier otro documento emitido por el Comprador en relación a la compra del Producto, que contradiga, modifique o complemente las presentes Condiciones generales de venta no será de aplicación salvo que Escuder lo haya aceptado expresamente y firmado en prueba de conformidad.
A estos efectos, se declara expresamente que no existen otras promesas, términos, condiciones, ya sean orales o escritas, expresas o implícitas, aparte de los términos y condiciones establecidas en las presentes Condiciones generales de venta y, en su caso, las Órdenes de compra, las Ofertas de Escuder y las Confirmaciones.
2.2 Las condiciones generales que pueda fijar el Comprador de forma unilateral no serán de aplicación en ningún caso y se considerarán excluidas y rechazadas por Escuder.

3 PROCEDIMIENTO DE FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL
3.1 El contrato para la venta de Productos por Escuder al Comprador se formalizará mediante uno de los procedimientos indicados en las Cláusulas 3.2. y 3.3.
3.2 El Comprador podrá enviar a Escuder una Orden de compra en la que se indiquen (i) el tipo específico y cantidad de Productos que pretende adquirir, (ii) la forma de entrega y (iii) la fecha de entrega de los Productos (en lo sucesivo, “la Orden de compra ” ). El comprador enviará la Orden de compra a la dirección de correo electrónico o al número de fax indicados por Escuder.
Se considerará que Escuder acepta la Orden de compra en el momento en el que la acepte expresamente enviando a tal efecto al Comprador una confirmación de la misma por vía electrónica a la dirección de correo electrónico del Comprador (en lo sucesivo denominada “Confirmación ” ). En cualquier caso, la Confirmación de Escuder quedará sujeta a la incorporación de las presentes Condiciones generales de venta a la Orden de compra, ya que deberán formar parte integrante de la misma. A estos efectos, Escuder deberá (i) incluir en la Confirmación una referencia a la existencia de las Condiciones generales de venta y a su aplicabilidad a la venta de los Productos objeto de la Orden de compra correspondiente, y (ii) facilitar el acceso a las Condiciones generales de venta a través de un enlace a su página web que figurará en la Confirmación.

El Comprador dispondrá de un plazo de tres (3) días naturales, desde la recepción de la Confirmación, para anularla. Una vez transcurrido el plazo indicado de tres (3) días naturales sin que Escuder haya recibido anulación alguna por parte del Comprador, o dentro del mismo plazo cuando el Comprador lleve a cabo o ejecute alguno de los términos de la Orden de compra o de la Confirmación o realice algún acto que implique su conformidad con la Confirmación, se considerará que ésta queda aceptada por el Comprador.
3.3 Escuder podrá enviar al Comprador una oferta que incluya, entre otras cosas, (i) el tipo específico y la cantidad de Productos, (ii) la forma de entrega, (iii) la fecha de entrega de los Productos y (iv) una referencia a la existencia de las presentes Condiciones generales de venta y a su aplicabilidad a la venta de los Productos objeto de la oferta (en lo sucesivo denominada “ Oferta de Escuder” ).
La Oferta de Escuder se enviará por vía electrónica y deberá hacer referencia a las presentes Condiciones generales de venta, junto con un enlace a la página web de Escuder que contenga dichas Condiciones.
Las presentes Condiciones generales de venta formarán parte integrante y esencial de la Oferta de Escuder.
El Comprador dispondrá de un plazo de tres (3) días naturales, desde la recepción de la Oferta de Escuder, para rechazarla. Una vez transcurrido el plazo indicado de tres (3) días naturales sin que Escuder haya recibido rechazo alguno por parte del Comprador, o dentro del mismo plazo cuando el Comprador lleve a cabo o ejecute alguno de los términos de la Oferta de Escuder o realice algún acto que implique la aceptación de la misma, se considerará que la Oferta de Escuder queda aceptada por el Comprador.
3.4 Los catálogos, folletos, informes y recomendaciones que envíe Escuder, ya sea vía electrónica o de cualquier otro modo, no se considerarán ofertas de Escuder y los datos que contengan solamente serán vinculantes cuando se hubiesen incorporado expresamente a una Confirmación o a una Oferta de Escuder en los términos estipulados en las Cláusulas 3.2. y 3.3. precedentes.

4 INCORPORACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES
4.1 Se considerará que las presentes Condiciones generales de venta se incorporan a todas las Órdenes de compra y a todas las Ofertas de Escuder, por lo que serán de aplicación a las ventas correspondientes de los Productos de Escuder al Comprador, siempre y cuando su existencia y aplicabilidad a la venta de Productos haya quedado plasmada en las Confirmaciones o en las Ofertas de Escuder correspondientes, según sea el caso, y Escuder las ponga a disposición de Comprador mediante un enlace a su página web indicado en la Oferta de Escuder o en la Confirmación, según corresponda.
4.2 Toda modificación o enmienda que realice el Comprador sobre las presentes Condiciones generales de venta no será vinculante ni ejecutable salvo que Escuder la haya aceptado expresamente y por escrito y la haya adjuntado a modo de anexo a las Condiciones generales de venta aquí contenidas.
4.3 Escuder podrá modificar o sustituir las presentes Condiciones generales de venta cuando lo estime oportuno.
En ese caso, tendrá que notificárselo al Comparador por cualquier medio que implique acuso de recibo.
El Comprador dispondrá entonces de siete (7) días naturales, desde la recepción de la notificación, para enviar objeciones a las modificaciones impuestas. Las modificaciones de las presentes Condiciones generales de compra se considerarán aprobadas una vez transcurrido el plazo indicado sin que Escuder haya recibido oposición alguna de parte del Comprador.

5 CAMBIOS Y CANCELACIÓN DE PEDIDOS
5.1 El Comprador no podrá modificar, anular, cancelar ni suspender ninguna Orden de compra ni ninguna Oferta de Escuder sin la aprobación por escrito de este último. Se considerará como fecha efectiva de las modificaciones, anulaciones, cancelaciones o suspensiones la fecha en la que se produzca la aceptación por escrito de Escuder. En caso de que se produzcan, el Comprador rembolsará a Escuder todo gasto o coste directo o indirecto en el que Escuder haya podido incurrir como resultado de dichas modificaciones, anulaciones, cancelaciones o suspensiones, tras la recepción de una notificación de Escuder a tal efecto en la que se indique el importe a reembolsar.

6 DIBUJOS Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
6.1 Todos los datos técnicos, tales como especificaciones, dibujos, dimensiones, formas y tamaños de los Productos, que consten en la documentación que Escuder entrega al Comprador, pero que no se incorporen o adjunten a la Confirmación, a la Oferta de Escuder o a las presentes Condiciones generales de venta, se considerarán exclusivamente indicaciones aproximadas y no vinculantes, salvo que Escuder confirme lo contrario expresamente.
6.2 Todos los dibujos y la documentación técnica relativa a los Productos o al fabricante de los mismos, así como la instalación o los encargos que Escuder presente al Comprador por cualquier medio serán propiedad de Escuder y no se podrán utilizar para ningún otro fin distinto a aquél para el que se entregaron, salvo que Escuder dé su consentimiento por escrito a tal efecto. La documentación e información técnica mencionada no se podrá utilizar ni copiar para terceros, ni reproducir, transmitir o comunicar a terceros, ni se podrá emplear para la fabricación, diseño o cualquier otro fin no autorizado sin el consentimiento expreso y por escrito de Escuder.
6.3 Junto con la entrega de los Productos o en el plazo de tiempo especificado en la Orden de compra o en la Oferta de Escuder, Escuder facilitará al Comprador la información y los dibujos necesarios para el correcto funcionamiento y mantenimiento de los Productos. La información mencionada incluirá instrucciones para la utilización de los Productos y sus componentes. El Comprador se compromete por medio del presente contrato a utilizar los Productos de con arreglo a las instrucciones indicadas. Además, en el caso de que el Comprador proceda a la reventa de los Productos o a cualquier otra forma de redistribución, se compromete a entregar las instrucciones reseñadas a sus clientes, y a obtener el compromiso de estos últimos de que utilizarán los Productos de conformidad con dicha información.
El Comprador reconoce que Escuder no será responsable por ningún defecto, disfunción o daños, directos o indirectos, causados por o derivados de una utilización de los Productos contraria de alguna manera a las instrucciones mencionadas.

7 ENTREGA, TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA DEL RIESGO
7.1 Los Productos se entregarán al Comprador de conformidad con las normas y reglamentos contenidos en los Incoterms 2010, franco fábrica (Ex Works) Barcelona (España), en las instalaciones de Escuder situadas en C/Potosi,2 – Pol Ind. Besos.
7.2 El riesgo por pérdidas y daños de los Productos se transferirá al Comprador en el momento en el que se produzca la entrega de los Productos con arreglo al párrafo 7.1. anterior. Por lo tanto, Escuder será responsable por todo riesgo de pérdida y daños a los Productos hasta que se hayan entregado al Comprador en las instalaciones de Escuder, con arreglo al Incoterm indicado en el párrafo precedente.
7.3 Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, la propiedad de los Productos solamente se transmitirá al Comprador una vez efectuado el pago total del precio de compra.
En el caso de que se produzca la entrega de los Productos antes de que el Comprador hubiese realizado el pago total de precio de compra, el Comprador recibirá los Productos en calidad de depositario. Desde ese momento, y hasta que se realice el pago total del precio de compra, el Comprador será responsable de la custodia de los Productos recibidos, estando obligado a guardarlos con la debida diligencia y el debido cuidado. El Comprador deberá asegurar adecuadamente cualquier riesgo por pérdidas o daños de los Productos por un valor al menos equivalente al precio de compra de los mismos, desde el momento de la fecha de entrega hasta que adquiera la propiedad de los Productos. En el caso de que se produzca algún accidente que pueda afectar a los Productos, el Comprador deberá comunicárselo de inmediato a Escuder.
7.4 En el caso de que se retrasasen el envío o la entrega de los Productos por causas imputables al Comprador, o en el caso de que el Comprador no pudiese aceptar la entrega por cualquier otro motivo, el riesgo de pérdida se transmitirá al Comprador en la fecha de entrega prevista inicialmente. Además, en el caso de que el Comprador no pueda recibir los productos en la fecha acordada, será responsable ante Escuder por cualquier daño o pérdida que se produzca como consecuencia de este hecho.
7.5 Escuder empaquetará sus Productos conforme a su práctica habitual. En el caso de que el Comprador solicite un embalaje especial de los Productos, Escuder podrá aceptar, según su criterio, adaptar su embalaje a los requisitos del Comprador, en cuyo caso el Comprador correrá con los gastos derivados de dicha adaptación.

8 PLAZO DE ENTREGA
8.1 Los Productos de entregarán al Comprador de conformidad con los términos estipulados en las Confirmaciones o en las Ofertas de Escuder correspondientes.
8.2 La obligación de Escuder de entregar los Productos queda sujeta a la condición de que se emitan las correspondientes licencias de exportación y de que no exista ninguna otra restricción impuesta por la legislación aplicable.
8.3 El cumplimiento de la fecha prevista de entrega quedará sujeto al recibo en su debido momento por parte de Escuder de todos los documentos, permisos, autorizaciones, licencias de importación o cualquier otra autorización oficial, documentación u obligación que deba obtener o cumplir el Comprador con carácter previo a la entrega de los Productos por Escuder. Así mismo, el cumplimiento de la fecha prevista de entrega quedará sujeto al cumplimiento puntual de pago por parte del Comprador en los plazos establecidos. En el caso de que el Comprador no cumpla con las condiciones indicadas anteriormente en su debido momento, la entrega se aplazará en consecuencia.
8.4 En caso de que a Escuder le conste que los Productos no se podrán entregar en la fecha prevista por cualquier motivo, deberá ponerlo en conocimiento del Comprador lo antes posible. No obstante, Escuder no deberá indemnizar al Comprador por los daños ocasionados como consecuencia de los retrasos en la entrega de los Productos.
8.5 Escuder se reserva el derecho de realizar entregas parciales, quedando el Comprador obligado a aceptarlas y a abonar el importe correspondiente a los Productos entregados. Escuder hará lo posible por entregar los Productos al Comprador en el plazo inferior posible.
8.6 El hecho de que se haya producido un retraso en la entrega de los Productos con respecto a una Orden de Compra o a una Oferta de Escuder no le dará derecho al Comprador a cancelar o anular otras Órdenes de Compra u Ofertas de Escuder que estén pendientes de entrega.
8.7 Queda excluido cualquier otro derecho o remedio del Comprador que no se haya estipulado en la presente Cláusula 8.

9 RETENCIÓN DE LA PROPIEDAD
9.1 Los Productos entregados por Escuder seguirán siendo de su propiedad hasta que el Comprador haya abonado la totalidad del precio de compra correspondiente.
9.2 Con la firma de las presentes Condiciones generales de venta, el Comprador autoriza a Escuder a notificar la reserva de propiedad en la debida forma en registros públicos, archivos públicos o similares, de conformidad con las leyes nacionales aplicables, y a realizar los trámites correspondientes que sean necesarios, a cargo del Comprador.
9.3 En caso de confiscación de los Productos o actos o intervenciones de índole similar por parte de terceros y que puedan resultar en la pérdida de titularidad de los Productos de Escuder, el Comprador se lo comunicará inmediatamente y por escrito a Escuder. En este caso, el Comprador, además de quedar obligado a abonar el precio de compra de los Productos, responderá ante Escuder por los daños directos o indirectos que la pérdida de titularidad mencionada le pueda haber ocasionado.

10 PRECIOS
10.1 Los precios de compra de los Productos serán los establecidos en la que se adjunta a la Confirmación o a la Oferta de Escuder correspondiente.
10.2 Los precios de compra son franco fábrica (Ex Works), conforme a los Incoterms 2010, en Barcelona (España).
10.3 Todos los tributos, impuestos directos o indirectos o de diferente naturaleza (municipales, locales, nacionales o internacionales,…), tasas, cargos, aranceles o contribuciones que sean de aplicación a la venta de los Productos en virtud de la legislación aplicable, así como todos los gastos financieros y los derivados del transporte y el seguro, todas las mejoras o modificaciones de los Productos que solicite el Comprador, y cualquier otro coste que se derive de requisitos especiales del Comprador, en su caso, no están incluidos en el precio de compra y se cobrarán aparte.
10.4 El precio de compra no cubre la instalación de los Productos, salvo que se especifique lo contrario expresamente en la Confirmación o en la Oferta de Escuder correspondiente.

11 PAGO
11.1 Salvo que se acuerde lo contrario, el Comprador deberá abonar las facturas en un plazo de 30 días naturales a contar desde la recepción de la factura correspondiente.
11.2 Los pagos se realizarán únicamente en la moneda indicada en la factura y en la cuenta bancaria que Escuder facilite al Comprador.
11.3 El pago se considerará efectivo cuando la totalidad del mismo esté a la libre disposición de Escuder en la moneda acordada. El plazo de pago constituye una condición esencial en la venta de los Productos.
11.4 Salvo que se estipule lo contrario expresamente, los precios abonados no son reembolsables.
El Comprador no podrá retener parte del precio de compra en concepto de compensación de deudas, contrademanda ni por cualquier otro motivo.
11.5 El Comprador también deberá realizar los pagos en los términos estipulados en la presente Cláusula aun cuando falten algunas piezas sin importancia de los Productos o documentación que no sea indispensable para su utilización.
11.6 Aquellos importes que no sean objeto de disputa y que estén pendientes una vez trascurrido el plazo de pago fijado en la factura correspondiente, se considerarán vencidos y no pagados. En este caso, Escuder (sin renunciar al posible ejercicio de otros derechos que le pudieran corresponder), cobrará intereses sobre los importes vencidos cada mes a razón del EURIBOR anual más 2,5%. El pago de los intereses mencionados no exime al Comprador de su obligación de realizar los pagos en las fechas acordadas y de indemnizar al Escuder por cualquier otro daño sufrido como consecuencia del retraso en los pagos.

12 DISEÑO Y DISPONIBILIDAD DEL PRODUCTO
12.1 Escuder se reserva el derecho de finalizar la fabricación de cualquiera de los Productos, de realizar cambios en su diseño o de mejorarlos en cualquier momento sin necesidad de previo aviso por escrito al Comprador.
12.2 Sin perjuicio de lo estipulado anteriormente, el derecho indicado de Escuder no influirá en su obligación de cumplir lo pactado en las Órdenes de Compra o en las Ofertas de Escuder que se hubiesen aceptado previamente con arreglo a las Cláusulas 3.2 y 3.3.

13 MONTAJE E INSTALACIÓN
13.1 El precio de compra no cubre el montaje y/o instalación de los Productos.
13.2 En el caso de que Escuder se encargue del montaje o de la instalación de los Productos, las partes deberán acordar expresamente los términos y condiciones por los que se rija dicho montaje y/o instalación.

14 DEVOLUCIONES
14.1 El Comprador deberá realizar una inspección a la entrega de los Productos con la debida diligencia y profesionalidad, con el objetivo de confirmar que los Productos no se encuentren visiblemente dañados y que se han entregado los Productos acordados (tipo y cantidad). En el caso de que el Comprador detecte alguna falta o algún defecto aparente en los Productos, deberá notificárselo a Escuder inmediatamente y, en todo caso, en un plazo no superior a cinco (5.-) días naturales desde la entrega de los Productos. De no recibir ninguna notificación al respecto transcurrido dicho plazo, se considerará que el Comprador está satisfecho con los Productos recibidos y que no sufren ningún defecto aparente. Por el contrario, si el Comprador en el plazo indicado de cinco días comunica por escrito a Escuder una descripción de los fallos o defectos de los Productos, Escuder, según su exclusivo criterio, podrá optar por que el Comprador devuelva los productos defectuosos y sustituirlos por otros nuevos o repararlos y solucionar los defectos por su cuenta.
14.2 La notificación que se indica en el párrafo precedente deberá realizarse por escrito y será relativa a los defectos que sean atribuibles exclusivamente a Escuder. No se aceptará ninguna queja o reclamación por defectos que haya ocasionado el Comprador, el transportista u otros terceros ni por causas de fuerza mayor.
14.3 El Comprador no podrá negarse a recibir los Productos por defectos menores.

15 GARANTÍA
15.1 Escuder garantizará al Comprador, durante un periodo de doce (12.-) meses desde la fecha de entrega de los Productos franco fábrica (Ex Works) Barcelona (España) (en lo sucesivo denominado el “Periodo de Garantía ” ) que los Productos no tengan ningún Defecto. El término Defecto significará la disconformidad de los Productos con las especificaciones y características descritas en la Lista de Precios adjunta a la Confirmación o a la Oferta de Escuder correspondiente, según sea el caso.
15.2 Durante el Periodo de Garantía, Escuder se compromete, con arreglo a lo estipulado en la presente Cláusula, tras petición por escrito a tal efecto del Comprador, a sustituir o reparar a su propio coste los Productos o las piezas o componentes de los mismos que sufran algún Defecto, después de haber sido probado por el Comprador.
15.3 Esta garantía no será efectiva y, por lo tanto, Escuder no será responsable en ningún caso en las siguientes situaciones, entre otras:
(i) Por los defectos o fallos en el funcionamiento de los Productos causados por el Comprador o por terceros durante las tareas de almacenamiento, manipulación, transporte, instalación o mantenimiento de los Productos, o por cualquier otra actividad realizada con posterioridad a la entrega de los Productos franco fábrica (Ex Works) Barcelona (España).
(ii) Por los defectos, fallos en el funcionamiento o daños causados a los Productos por el desgaste normal derivado de su uso, así como por los defectos, fallos en el funcionamiento o daños causados a los Productos como consecuencia del polvo, humedad o uso incorrecto de los mismos, por aquéllos causados intencionadamente o por actos de vandalismo o por los ocasionados por deficiencias en el suministro eléctrico o por causas de fuerza mayor (según se definen en la Cláusula 20).
(iii) Por los defectos, fallos en el funcionamiento o daños causados a los Productos mientras éstos estaban en manos del Comprador en tanto que depositario de los mismos, conforme a la Cláusula 7.3., por no haberlos guardado con la debida diligencia y el debido cuidado.
(iv) Cuando el uso de los Productos o las condiciones que afectan al funcionamiento de los mismos no sean las usuales o no se puedan predecir en la medida de lo razonable.
(v) Por los defectos o fallos en el funcionamiento producidos o derivados de una utilización de los Productos contraria de alguna manera a las instrucciones que Escuder le facilita al Comprador.
(vi) Por la utilización de piezas o materiales que no hayan recibido la aprobación expresa de Escuder o cuando los elementos o componentes de los Productos hayan sufrido algún tipo de manipulación o hayan sido reparados por personas que Escuder no haya autorizado expresamente y por escrito a tal efecto.
15.4 El Comprador ha de comunicar a Escuder la existencia de cualquier Defecto en los Productos inmediatamente después de que éste aparezca y en todo caso en un plazo máximo de cinco (5.-) días naturales desde el descubrimiento del mismo, por escrito y por algún medio que disponga de acuse de recibo.
15.5 Escuder podrá solicitar la información que estime necesaria para comprobar si la garantía es de aplicación, quedando el Comprador obligado a facilitar a Escuder, sin coste alguno, toda la información que le solicite Escuder para comprobar la naturaleza y causa del Defecto objeto de reclamación y para poder cumplir con las obligaciones derivadas de esta garantía.
15.6 En el caso de que Escuder compruebe que la garantía descrita en el párrafo 15.1 sea de aplicación, Escuder podrá optar, según su criterio, por reparar o por sustituir los Productos correspondientes.
15.7 A Escuder se le ofrecerá la ocasión y el tiempo adecuados para remediar los Defectos. A este efecto, el Comprador facilitará el acceso a Escuder a los productos disconformes, y procederá al desmontaje y montaje de los mismos sin coste alguno para Escuder.
15.8 En el caso de que Escuder necesite personarse en el lugar en el que los Productos hayan sido instalados, podrá optar por enviar empleados especializados suyos o subcontratar dicha reparación o sustitución a terceros escogidos por él.
15.9 En el caso de que el Comprador no notifique a Escuder la existencia del Defecto en el plazo indicado de cinco (5.-) días naturales desde el descubrimiento del mismo, el Comprador perderá su derecho a que se solvente.
15.10 En el caso de que el Comprador notificase la existencia de un Defecto, pero éste no estuviera cubierto por la garantía, Escuder tendrá derecho a recibir del Comprador una indemnización equivalente a los costes en los que haya incurrido como consecuencia de la notificación incorrecta.
15.11 La sustitución o reparación del Producto no conlleva la interrupción ni ampliación del Periodo de Garantía estipulado.
15.12 La responsabilidad total y máxima de Escuder se limitará a la reparación o sustitución de los Productos o, cuando esto no sea posible, al reembolso del precio de compra que se hubiese abonado por los Productos afectados. Escuder no será responsable por ningún otro coste ni por los daños ocasionados.
Escuder no será responsable de las pérdidas o daños sufridos por el Comprador o terceros, sea cual sea su naturaleza, directas o indirectas, como consecuencia de los Defectos de los Productos o de su uso, ni será responsable tampoco por los daños o pérdidas derivados del funcionamiento de los productos o de los sistemas en los que se incorporan los Productos de Escuder.

16 LÍMITE DE LA RESPONSABILIDAD
16.1 La garantía estipulada en la Cláusula 15 indica el alcance total de la responsabilidad de Escuder con respecto a la venta de Productos y su uso. Cualquier otra responsabilidad o garantía, expresa, implícita o legal, queda expresamente excluida.
16.2 Escuder no será responsable por los daños indirectos, casuales, directos o consecuentes derivados de la venta de los Productos y su uso, entre ellos, la pérdida de negocio, de ingresos, de beneficios, de fondo de comercio u otras ventajas económicas, reclamaciones de terceros y pérdidas no económicas.

17 TÉRMINOS PARA LA REVENTA DE PRODUCTOS
17.1 Siempre que el Comprador proceda a la reventa o a cualquier tipo de redistribución de los Productos, y con sujeción al cumplimiento por parte del Comprador de los términos y condiciones estipulados en las presentes Condiciones generales de venta, Escuder le confiere un derecho limitado no exclusivo, intransferible y sin posibilidad de concesión de sublicencias (salvo las subdistribuciones que se especifiquen en el presente documento) para utilizar la marca registrada de Escuder que contengan los Productos o que figure en los mismos, o en la documentación correspondiente relativa a la distribución y reventa permitida de los Productos, así como a otorgar en sublicencia los derechos descritos con el fin de autorizar a los subdistribuidores a que hagan lo mismo.
La documentación de marketing y publicidad relativa a los Productos puede incluir, además de la marca registrada de Escuder, la marca registrada del Comprador. En ese caso, el Comprador deberá procurar que la marca registrada de Escuder figure en dicha documentación claramente como marca principal y primaria. No obstante, puede que en los Productos figure única y exclusivamente la marca de Escuder.
17.2 Queda totalmente prohibido que el Comprador solicite en ningún país el registro de ninguna de las marcas propiedad de Escuder relativas a los Productos o cualquier otra marca que pueda ser similar o que implique riego de confusión o asociación con las marcas propiedad de Escuder.
17.3 En el desarrollo de sus actividades, entre ellas las de marketing, de conformidad con las presentes Condiciones generales de venta, el Comprador: (i) no podrá realizar ninguna práctica engañosa, ilegal o poco ética que pueda perjudicar a Escuder o a los artículos que le facilita al Comprador, (ii) ni realizar declaraciones y garantías ni otorgar ningún tipo de garantía a sus clientes con relación a los artículos de Escuder que no sean conformes a estas Condiciones generales de venta o a la documentación o materiales impresos de marketing que Escuder facilite al Comprador o que no estén incluidas en los mismos, (iii) ni anunciar o vender ningún Producto de Escuder a usuarios finales por un precio inferior al que Escuder fija para el Comprador, y (iv) deberá en todo caso cumplir con la legislación aplicable.
17.4 Con sujeción al cumplimiento por parte del Comprador de los términos y condiciones estipulados en las presentes Condiciones generales de venta, el Comprador podrá proceder a la reventa o distribución de los Productos a través de subdistribuidores, siempre y cuando éstos últimos, con anterioridad a dicha reventa o a su nombramiento como tales, firmen un acuerdo por escrito con el Comprador mediante el que queden sujetos a obligaciones como mínimo tan amplias como las impuestas en las presentes Condiciones generales de venta y a restricciones como mínimo tan protectoras de Escuder y de sus derechos de propiedad intelectual como las contenidas en el presente documento.

18 DISPOSICIONES VARIAS
18.1 Los títulos y encabezamientos de las diferentes cláusulas y subcláusulas que componen las presentes Condiciones generales de venta se han escogido con el fin de facilitar la lectura de las mismas. Se considera, a efectos contractuales, que no alteran el contenido de las cláusulas o subcláusulas que preceden. En cualquier caso, las presentes Condiciones generales de venta se interpretarán de conformidad con el sentido verdadero y literal de lo escrito en el presente documento.
18.2 En el caso de que la totalidad o parte de alguna de las cláusulas de las presentes Condiciones generales de venta se declare nula o sin efecto, dicha nulidad o falta de efecto no afectará a la validez o efectividad del resto de las cláusulas, que seguirán siendo válidas y efectivas, salvo que la nulidad o falta de efecto implique un cambio esencial y sustancial del resto de las disposiciones del presente documento.
La cláusula declarada nula o sin efecto se considerará como si no estuviese incluida y se interpretará de manera acorde a la ley o se sustituirá por una nueva cuyo contenido sea lo más similar posible a la cláusula que Escuder hubiese incluido de haber sido consciente de la falta de efecto o validez de la cláusula suprimida.

19 CONFIDENCIALIDAD
19.1 El término “Información confidencial” significará (i) toda la información relativa a los Productos, independientemente de su soporte (diseños, manuales, software, equipos, etc.), (ii) cualquier otra información que sea reconocida en virtud de las presentes Condiciones generales de venta y (iii) la información relativa a la actividad industrial o comercial de Escuder.
19.2 El Comprador se compromete a no divulgar la Información Confidencial a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de Escuder.
19.3 La presente obligación de confidencialidad obliga tanto al Comprador como a sus representantes.
Con el término representantes se designa a todos los empleados, directores, agentes, asesores, consultores o cualquier otra persona relacionada con ellos.
19.4 Con el objeto de evitar la divulgación de la Información Confidencial, el Comprador se compromete a adoptar cuantos arreglos y medidas sean apropiadas para preservar la Información Confidencial, en particular todas las medidas relacionadas con aquellos de sus empleados que tengan o puedan tener acceso a dicha información.
19.5 En el caso de que el Comprador incumpla sus obligaciones de confidencialidad deberá indemnizar a Escuder por todos los daños y pérdidas, incluso la pérdida de beneficios, que haya podido ocasionarle como consecuencia de dicho incumplimiento.
19.6 En el caso de que una autoridad administrativa o judicial requiera que el Comprador le facilite Información Confidencial, deberá hacerlo inmediatamente.
19.7 Esta Obligación de Confidencialidad permanecerá vigente por un periodo indefinido, mientras la Información Confidencial preserve su naturaleza secreta y confidencial.
19.8 En el caso de que el Comprador proceda a la reventa o cualquier otra forma de redistribución de los Productos, el Comprador se compromete a obtener la aceptación por escrito de esta cláusula de confidencialidad de los terceros correspondientes.

20 FUERZA MAYOR
20.1 No se considerará que ninguna de las partes ha incumplido sus obligaciones ni será responsable por desatender alguna de sus obligaciones o cumplirlas con retraso como consecuencia de un acontecimiento que no esté bajo su control (en lo sucesivo, “Fuerza Mayor ” ), entre otros, huelgas, disputas industriales, incendios, inundaciones, catástrofes naturales, guerras, insurrección, vandalismo, sabotaje, invasiones, disturbios, emergencias nacionales, piratería, secuestros, actos de terrorismo, embargos o restricciones, condiciones climáticas o de tráfico extremas, cierre temporal de carreteras, retrasos en el transporte o incapacidad para obtener mano de obra o materiales a través de las fuentes usuales.
20.2 La parte que se considere afectada por un caso de Fuerza Mayor deberá comunicárselo a la otra por escrito y de inmediato, así como el cese de dicha circunstancia.
20.3 Si una causa de Fuerza Mayor impidiese que el Comprador cumpliese sus obligaciones, éste deberá indemnizar a Escuder por los gastos en los que haya incurrido para la fabricación, entrega, garantía y/o protección de los Productos.
20.4 Cada una de las partes podrá anular las Órdenes de Compra u Ofertas de Escuder pendientes, mediante notificación por escrito a la otra, siempre que el cumplimiento de las obligaciones impuestas en virtud de las presentes Condiciones generales de venta quede suspendido debido a un acto de Fuerza Mayor, según se define en el presente documento, durante un periodo superior a un mes.

21 LEGISLACIÓN APLICABLE
La venta de los Productos al Comprador y las presentes Condiciones generales de venta se regirán por lo estipulado en el presente documento y las cuestiones que no queden cubiertas por estas disposiciones se resolverán de conformidad exclusiva con la legislación española.

22 JURISDICCIÓN
Las partes, renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiese corresponder, acuerdan someter toda disputa o conflicto relativo a la validez, interpretación, ejecución, aplicación y terminación de las presentes Condiciones generales de venta y a la venta de los Productos al Comprador a los Juzgados de Barcelona y sus superiores jerárquicos.
Montajes Electrónicos Escuder S.L.